
MiPyMEs del sector Turismo
Asistencia crediticia exclusivamente a MiPyMEs del sector Turismo para Capital de Trabajo y Gastos de Evolución.
Condiciones generales
Usuarios:
MiPyMEs, cuya actividad esté detallada en el listado de CLAEs y que cuenten con el correspondiente Certificado MiPyME o certificado de elegibilidad (“Aval Turismo”) en el caso que no figure en el CLAEs. Están incluidos usuarios autónomos o monotributistas. Deben estar inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – Monotributo – o trabajadores autónomos o en el Régimen General, previo al 01-03-2020.
Destino:
Capital de trabajo – Gastos de evolución, no pudiendo utilizarse para financiar los destinos establecidos en el artículo 6° del Decreto 606/14 y las normas que lo modifiquen, complementen o reemplace.
Modalidad:
Pesos.
Monto máximo:
a) MiPyMEs y Autónomos, hasta dos meses y medio de ventas del solicitante, con un máximo de $ 10.000.000.
El importe surgirá del promedio mensual de ventas del período 2019.
b) Monotributistas:
- $ 50.000 Categorías A, B y C.
- $ 200.000 Categorías D, E, F, G, H, I, J y k.
Desembolsos:
Único.
Amortización:
Sistema Alemán con periodicidad Mensual. El pago de interés deberá ser coincidente.
Plazo:
Único 24 meses.
Garantías:
Cobertura de FOGAR FAE MIPYMES.
Contragarantía: Se requerirá al menos la fianza personal de los socios o accionistas que representen más del 50% del capital social o la fianza de un tercero; realizándose en todos los casos el análisis de la contragarantía por parte de la Entidad.
Bonificación:
El FONDEP tomará a su cargo la siguiente bonificación:
(i) durante los primeros 12 meses, 40 ppa de la tasa de interés, y
(ii) durante los 12 meses restantes, se bonificarán 22 ppa de la tasa de interés.
Tasa:
Fija 40% TNA. |
No podrán ser beneficiarias aquellas MiPyMEs que:
- Incurran en las situaciones establecidas en el artículo 2° de la Resolución n° 473/18 de la ex Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.
- Posean cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020.
- Estén informadas en la central de deudores del sistema financiero en situación 3,4, 5 o 6.
- Presenten un registro de operación sospechosa emitido por la Entidad, y se encuentren en juicio con la Entidad como parte demandada.
- Registren deuda en situación irregular con FoGAr.
- Hayan recibido otra Operación de la presente línea.
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